AFIP - Nuevo Plan de Pagos - Puente Fiscal

Nuevo Plan de Pagos AFIP “Puente Fiscal”

Hoy arranca el plan de pagos para deuda con AFIP denominada «Puente Fiscal», para que los contribuyentes morosos puedan regularizar las deudas generadas entre el 1 de junio de 2016 y el 31 de mayo de 2017, en hasta 24 cuotas y con una tasa de interés de alrededor del 23% anual.

Principales Características del Plan AFIP “Puente Fiscal”

Sujetos alcanzados

Todos los contribuyentes.

Conceptos alcanzados

Obligaciones tributarias y de los recursos de la seguridad social vencidas entre el 1 de junio de 2016 y el 31 de mayo de 2017, inclusive, así como reformulación de planes vigentes de la resolución general 3827 que incluyan deudas citadas anteriormente y deudas de dichos períodos incluidas en planes anulados, caducos o rechazados.

Planes de hasta 12 cuotas

– Obligaciones impositivas anuales,
– Aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia
– Retenciones y percepciones impositivas.

Planes de hasta 24 cuotas – AFIP

– Obligaciones impositivas mensuales.
– Aportes personales de los trabajadores autónomos.
Monotributo
– Contribuciones con destino al Régimen de la Seguridad Social.
La Reformulación de planes vigentes de la resolución general 3827 es hasta en 12 cuotas.

Pago a cuenta

Se calculará en base a la conducta fiscal registrada en el “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” que será equivalente al:
1. Cinco por ciento de la deuda consolidada, cuando se trate de sujetos que encuentren en las categorías “A”, “B” o “C”, el cual no podrá ser inferior a $1.000. Al pago a cuenta se le adicionará -en su caso- el importe correspondiente a intereses punitorios que se regularicen en el plan.
2. Diez por ciento de la deuda consolidada, de tratarse de sujetos con categoría “D”, “E” y aquellos que no se encuentren categorizados en el citado sistema, el cual no podrá ser inferior a $1.000. Al pago a cuenta se le adicionará -en su caso- el importe correspondiente a intereses punitorios que se regularicen en el plan.
El VEP generado para ingreso del importe del pago a cuenta tendrá validez hasta la hora 24 del día de su generación.

Importe mínimo de la cuota

El monto de cada cuota deberá ser igual o superior a 1.000 pesos.

Tasa de interés

1) Planes presentados entre el 1 de agosto de 2017 y el 30 de septiembre de 2017.
1.1) Micro y pequeñas empresas: tasa efectiva mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a 180 días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 2% nominal anual.
1.2) Restantes responsables: tasa efectiva mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a 180 días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 4% nominal anual.
2. Para los planes que se consoliden entre el 1 de octubre de 2017 y el 31 de octubre de 2017
2.1) Micro y pequeñas empresas: tasa efectiva mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a 180 días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 6% nominal anual.
2.2) Restantes responsables: tasa efectiva mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a 180 días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 8% nominal anual.

Más información y detalles

http://www.afip.gob.ar/misfacilidades/

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